Acceso a la justicia es una larga lucha histórica, al decir acceso y justicia a principio fundamental de todo sistema jurídico que es que el pueblo pueda acceder a los derechos y solucionar los conflictos por medio del estado.
Sistema debe ser de igual manera accesible para todos, y debe estar encaminado a que su funcionamiento sea individual y socialmente justo.
Acceso; debe ser prácticamente posible
El informe tiene por objeto para superar el problema del acceso.
Evolución del concepto
El derecho de acceso a la jurisdicción se encontraba limitado porque era un derecho natural,por eso no necesitaba expresa reglamentación del estado, el estado reconocía que las personas pueden reconocer sus derechos. La actitud del estado era pasiva.
La justicia era solo accesible a quienes podía costear los litigios.
Los que no podían acceder, eran culpables, era solo un concepto teórico lo igualitario del derecho de que todos podías pedir justicia.
Las sociedades modernas, fueron superando la ideología liberal.
Hay un reconocimiento de los derechos sociales, no es casual que el derecho del acceso a la justicia haya llamado la atención al estado benefactor.
Los medios por los cuales los derechos empiezan a ser efectivos, comienzan a ser actores principales.
Es la columna vertebral del derecho procesal civil hoy en dia.
- Las costas del juicio (factor económico) obstáculo
Los litigantes deben cargar con los gastos.
El monto constituye uno de los peores obstáculos para el acceso a la justicia.
Los problemas de los juicios de menor cuantía requieren más atención para que sea posible el acceso a la justicia.
El costo puede exceder del monto mismo del juicio, y hacer inútil la demanda.
- Factor Tiempo
La justicia que no es impartida en un tiempo razonable es justicia inaccesible.
Ventajas personales de las partes; situación económica ( las personas con buena posición económica tienen ventaja, pueden soportar la demora judicial y argumentar con mayor eficacia).
Posibilidad de conocer el derecho y defenderlo en el juicio; ignorar que se tiene un derecho, le sucede a todas las personas. La gente tiene limitados conocimiento sobre demandas.Es necesario darle la conciencia a las personas de como utilizar el derecho.
La falta de conocimiento provoca un gran problema, la tendencia de las personas de recurrir a los tribunales para solucionar sus diferencias.
El complicado procedimiento. El formalismo.
- Litigantes ocasionales y habituales; basados en la frecuencia con la que litigan, distinción entre los que lo hacen habitualmente y los que lo hacen de forma ocasional. Las ventajas de los que litigan más son numerosas, están en mejores condiciones para planificar los juicios. La mayor cantidad de pleito les resulta económicas. Aprovechan la experiencia que tienen en otros juicios.
- Problemas específicos de los intereses difusos
Son difusos los intereses colectivos. Nadie tiene individualmente a demandar la violación de un derecho colectivo. Los obstáculos de los intereses difusos surgen de los problemas que surjen de la acumulacion de acciones para demandar.
Los juicios individuales de menor cuantía tienen menos posibilidad de ganar un litigio que juicios que se hagan por acumulacion de acciones entre varios demandados que tendrían más posibilidad de ganar.
El interés por el acceso a la justicia pasó por 3 etapas en
1) asistencia jurídica
2 )reformas para darle legitimación a los intereses difusos, consumidores, contaminación ambiental
3) acceso a la justicia ( va más a la de los dos primeros enfoques, representando siendo más sistemático y coherente para los accesos)
Etapas del acceso a la justicia
Primer etapa
Proveer el acceso a la justicia a los pobres.
Reformas en el acceso a la justicia y en la retribución.
Alemania. Francia,etc, implementaron sistemas en donde el estado retribuye a los abogados a las personas que tenían menos acceso en las consultas y en litigación.
_ Sistema de defensa oficial;
_ Sistemas mixtos: opción entre defensores particulares u oficiales.
Asistencia jurídica la extensión y límites;
Aparecen sistemas de asistencia jurídica por ello van desapareciendo obstáculos de acceso a la justicia.
Para la asistencia se necesita un mayor número de grado para que pueda ser eficaz.
Tienen que estar dispuestos para asistir.
Se requiere de dinero para la asistencia que es uno de los principales problemas.
Si no hay remuneración de los que realizan la función, los pobres quedarían
Segunda etapa
Representación de los intereses difusos colectivos
Se han reformado códigos civiles y legislaciones para poder defender los derechos de los intereses difusos.
Reformar la función del juez y de principios clásicos como la citación y el derecho de ser oído.
La sentencia debe obligar a todos los miembros del grupo, más allá de q no hayan podido ser oído.
Se pasó de una interpretación individualista del proceso a un proceso colectivo.
Derecho público de litigar, se refiere a
Tesis de intervención del estado para garantizar el interés difuso, no ha tenido éxito a pesar de las instituciones que se ha creado y siguen buscando crear instituciones para poder solucionar los conflictos de tutela de intereses difusos.
Tesis del procurador general privado o demandantes principistas; sustituyen la actividad gubernamental.
Tesis de la acción popular grupal
1er aspecto de la reforma la admisión de los grupos. Le reconoce a los grupos legitimidad procesal.
Deben encontrarse la manera de que los grupos puedan interponer acciones para demandar.
Las acciones acumuladas tiene ventaja de agrupar los litigantes y concentrar las demandas en defensa del interés público.
- Las acciones acumuladas y las acciones de interés público
Un litigante representa a una sola de las partes que demanda en intereses difusos, osea al grupo.
La acumulacion es un medio imperfecto para defender los intereses difusos, mejor sería una organización permanente que se ocupara de ellos.
- La asesoría pública; en EEUU se creó pero es sostenida por el estado pero son grupos privados. Lo controla y lo sostiene el estado. Dependencia gubernamental, asesora, concede subsidios para defender a los intereses difusos. Dependiendo del asunto se puede acceder al abogado público o particular, o a la asesoría.
Tercer etapa
Acceso a la legitimación procesal
Hay programas de asesoramiento; se representa la gente que no puede proporcionarle y de manera progresiva se les concientiza de los derechos que tiene.
Creación de organismos representativos de los consumidores, de los ambientales,de los intereses difusos, de los pobres, etc.
La tercer etapa Va más allá de la defensa.
Enfoque del acceso a la justicia, es una reforma más amplia.
Se quiere abarcar todo, la norma, el sistema, los representantes, etc.
Darle un nuevo enfoque procesal.
Sin negar las ventajas de la representación legal, se quiere una reforma más amplia y comprensiva.
Reforma que hagan efectivos los nuevos derechos. Pretende una amplia variedad de formas, cambios en el procedimiento, medios alternativos de resolución de conflictos., nuevos tribunales, admisión de personas legales en derecho tanto para juzgar o comprender, establecimientos de órganos individuales.
Necesidad de adaptar los conflictos a los sistemas.
Surgen métodos alternativos de resolución de conflictos por ejemplo las mediaciones o el arbitraje. También tienen en cuenta las partes y la relaciones permanentes.
Tener en cuenta que los conflictos tienen repercusiones colectivos e individuales, el alcance que tiene en la sociedad.
Tener en cuenta los factores y los obstáculos relacionados con los procedimientos.
El derecho procesal
Teoría general del derecho;
- En sentido amplio: es la rama de la ciencia jurídica que se refiere al proceso, entendiendo por tal a la actividad que despliegan los órganos del estado en la creación y aplicación de normas jurídicas individuales o generales.
- En sentido estricto: es el conjunto de actividades que tienen lugar cuando se someten a la decisión de un órgano judicial a la solución de ciertos conflictos jurídicos.
Concepto de Alsina: El derecho procesal es el conjunto de normas que regulan la actividad jurisdiccional del estado para aplicar las leyes de fondo y su estudio comprende;
- La organización del poder judicial
- La determinación de la competencia de los funcionarios que la integran
- La actuación del juez y de las partes en la sustanciación del proceso.
Caracteres del derecho procesal;
- Instrumental o formal; las normas que regulan el proceso no tienen un fin en sí mismo, es un medio, el instrumento que permite la aplicación de leyes de fondo, para efectivizar los intereses tutelados.
- Autónoma de la ciencia jurídica; opera dentro de un ámbito distinto al de las normas materiales. Son normas que tienen requisitos propios, el vínculo jurídico entre el juez y las partes, tiene principios propios.
- Es de derecho público; la consecuencia del derecho público tiene que ver con que las partes no están habilitadas para desenvolverse en el proceso de acuerdo a su voluntad.
Elementos del proceso; Jurisdicción y Proceso
Proceso; significa hacia un fin determinado, a través de sucesivos momentos.
Sinónimo de proceso judicial.
Es el conjunto de actos coordinados entre sí de acuerdo con las reglas preestablecidas, que conducen a la creación de una norma individual destinada a regir un determinado aspecto de la conducta de sujeto o sujetos ajenos al órgano que han requerido la intervención de este en un caso concreto, así como la conducta del sujeto o sujetos extraños al órgano frente a quien se ha requerido esta intervención.
Proceso
No es lo mismo proceso que juicio, existe una relación de género especie, el proceso es el género, el juicio es la especie, debido a que el juicio consiste en de la existencia de una controversia de las partes, en cambio en los procesos no siempre existen controversias,por ejemplo los procesos voluntarios.
Elementos del proceso
Elemento subjetivo: son las personas que están facultadas para iniciarlo, impulsarlo, extinguir y decidirlo.
La parte actora es quien formula la pretensión y la demanda es frente a quien se formula dicha pretensión, el órgano es quien debe satisfacer la pretensión. Ambas se encuentran debajo del mismo órgano en una posición jerárquicamente igualitaria.
Aveces como consecuencia de la acumulacion subjetiva de pretensiones, o acciones pueden haber varios actores o demandados como por ejemplo en los litisconsorcios.
En los procesos voluntarios los sujetos primarios son peticionarios.Y los secundarios pueden ser internos y externos, los internos son el secretario del juez, oficiales de justicia, peritos y martilleros y los externos los abogados, consultores y procuradores.
Elemento objetivo: puede hallarse constituido por una pretensión o por una petición extracontenciosa.
La actividad: es el conjunto de actos que deben cumplir los sujetos procesales desde que comienza el proceso hasta la decisión que le pone término; lugar, tiempo y forma.
Procesos judiciales y arbitrales
Los procesos se clasifican debido a la naturaleza del órgano que interviene, la existencia o no de un conflicto, y la finalidad que persigue.
Los judiciales pueden ser por su contenido, por su finalidad o por su estructura.
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